Noticias de Gijón
Re: Noticias de Gijón
Y no puede ser, pregunto, que la ley esa esté mal (que no lo sé) que el ministerio ese sobre (que no lo sé) y que además la ministra sea incongruente y esté patinando un poco? Por mantener su discurso, porque no da más de sí, por órdenes de partido, porque la presión del entorno... por lo que sea...
Es que no acabo de entender en qué se basa esta discusión, la verdad. Por eso pregunto.
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Re: Noticias de Gijón
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Re: Noticias de Gijón
Que discusión tan rocosa e intensa…
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Re: Noticias de Gijón
Yo estoy como tú. No paso de pantalla.Zanzón escribió: ↑03 Nov 2022, 11:06Y no puede ser, pregunto, que la ley esa esté mal (que no lo sé) que el ministerio ese sobre (que no lo sé) y que además la ministra sea incongruente y esté patinando un poco? Por mantener su discurso, porque no da más de sí, por órdenes de partido, porque la presión del entorno... por lo que sea...
Es que no acabo de entender en qué se basa esta discusión, la verdad. Por eso pregunto.
"PÁSANOS POCO..."
EN 1992 ME QUITARON POR REAL DECRETO LA PROPIEDAD DEL REAL SPORTING DE GIJÓN. Y NO ME PAGARON NADA POR ELLO
"LES HA TOCADO LA LOTERIA. SI NO ES IMPOSIBLE QUE ESTA GENTE HAYA HECHO DINERO. LES HA TOCADO LA LOTERIA" JOSE MARIA GARCIA TRAS ENTREVISTAR A FERNANDEZ Y ARANGO.
"Jocke Nilsson var en av de bättre spelarna i landet. Bra ryck, lojal, disciplinerad och en dribbler med en utomordentlig teknik." - Olle Nordin.
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Re: Noticias de Gijón
Eso es porque habéis ido a colegios privados...
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Re: Noticias de Gijón
De todas formas, España tiene un problema con el tema de la legislación de la Violencia, y es que no ha habido debate, nunca ha habido un debate serio sobre el tema. Bueno, ni sobre este ni casi sobre ninguno, y claro, se han dado por buenos clichés y generalismos que se aplican por ley. Todo es blanco o negro. No hay ninguna escala de grises, y claro, así es complicado plantear un debate.
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Re: Noticias de Gijón
Pobre neña. Joder es que se me haz un nudo en el estómago.
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Re: Noticias de Gijón
La autopsia revela que le administro 3 veces la dosis letal de ansiolíticos para su peso, mezclada tb con una dosis letal de enantyum, disuelto en un colacao. Espero que la justicia sea justa y le decrete prisión permanente revisable. Pero algún problema mental le detectaran pa q salga pronto. Sino espero que la justicia carcelaria funcione, o que se mire en el mismo espejo que rosario.
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Re: Noticias de Gijón
A ver si hay suerte , se suicida pronto y no tenemos que mantener a esa mierda .
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Re: Noticias de Gijón
Ana Julia Quezada parece que hace vida carcelaria normal. Al principio tuvo enfrentamientos, pero el tiempo todo lo olvida.Eurosporting escribió: ↑03 Nov 2022, 12:18La autopsia revela que le administro 3 veces la dosis letal de ansiolíticos para su peso, mezclada tb con una dosis letal de enantyum, disuelto en un colacao. Espero que la justicia sea justa y le decrete prisión permanente revisable. Pero algún problema mental le detectaran pa q salga pronto. Sino espero que la justicia carcelaria funcione, o que se mire en el mismo espejo que rosario.
https://elcierredigital.com/investigaci ... -2019.html
En hombres sí que parece que no se olvidan de Bretón.
Re: Noticias de Gijón
El TSJ precisa que no se dio la custodia de la pequeña Olivia a su padre al tener una causa abierta por violencia de género
El progenitor fue condenado finalmente a nueve meses de prisión por violencia de género sobre su pareja
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha matizado este jueves que si el padre de la niña supuestamente asesinada por su madre en Gijón no contaba con la custodia de la víctima, de 6 años, es porque sobre el mismo pesaba una causa judicial por violencia de género que derivó finalmente en una condena de nueve meses de prisión.
En cuanto a la cronología de los procedimientos civil y penal entre la pareja, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, aclara, a través de un comunicado del TSJCyL recogido por Europa Press, que el divorcio se inició en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido.
Se adoptaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio.
La sentencia de divorcio de febrero 2019, al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre, otorgó la guarda y custodia de la hija de ambos a la mujer. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020.
Posteriormente, el hombre presentó una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia. El Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, confirmada después también por la Audiencia Provincial.
Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón.
El Juzgado dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. En dicha resolución, se le indicó que tenía que volver para pedir autorización judicial e instar la modificación de medidas correspondientes.
Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales previas en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación de régimen de visitas. Tras esta demanda, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho).
El Juzgado dictó entonces, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre fue condenado a nueves meses de cárcel por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020.
Dicha condena fue confirmada por la Audiencia Provincial en noviembre de 2020 y pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido.
Recientemente, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al hombre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar.
El Juzgado ha ido tramitando y resolviendo en todo momento sin demora los procedimientos penales y civiles conforme las partes personadas.
Fuente: https://diariodecastillayleon.elmundo.e ... 58333.html
El progenitor fue condenado finalmente a nueve meses de prisión por violencia de género sobre su pareja
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha matizado este jueves que si el padre de la niña supuestamente asesinada por su madre en Gijón no contaba con la custodia de la víctima, de 6 años, es porque sobre el mismo pesaba una causa judicial por violencia de género que derivó finalmente en una condena de nueve meses de prisión.
En cuanto a la cronología de los procedimientos civil y penal entre la pareja, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, aclara, a través de un comunicado del TSJCyL recogido por Europa Press, que el divorcio se inició en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido.
Se adoptaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio.
La sentencia de divorcio de febrero 2019, al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre, otorgó la guarda y custodia de la hija de ambos a la mujer. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020.
Posteriormente, el hombre presentó una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia. El Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, confirmada después también por la Audiencia Provincial.
Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón.
El Juzgado dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. En dicha resolución, se le indicó que tenía que volver para pedir autorización judicial e instar la modificación de medidas correspondientes.
Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales previas en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación de régimen de visitas. Tras esta demanda, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho).
El Juzgado dictó entonces, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre fue condenado a nueves meses de cárcel por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020.
Dicha condena fue confirmada por la Audiencia Provincial en noviembre de 2020 y pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido.
Recientemente, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al hombre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar.
El Juzgado ha ido tramitando y resolviendo en todo momento sin demora los procedimientos penales y civiles conforme las partes personadas.
Fuente: https://diariodecastillayleon.elmundo.e ... 58333.html
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Re: Noticias de Gijón
Un juez descartó que el padre de Olivia fuera un maltratador habitual, aunque le condenó por violencia de género por un episodio de lesionesAciana escribió: ↑03 Nov 2022, 19:58El TSJ precisa que no se dio la custodia de la pequeña Olivia a su padre al tener una causa abierta por violencia de género
El progenitor fue condenado finalmente a nueve meses de prisión por violencia de género sobre su pareja
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha matizado este jueves que si el padre de la niña supuestamente asesinada por su madre en Gijón no contaba con la custodia de la víctima, de 6 años, es porque sobre el mismo pesaba una causa judicial por violencia de género que derivó finalmente en una condena de nueve meses de prisión.
En cuanto a la cronología de los procedimientos civil y penal entre la pareja, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, aclara, a través de un comunicado del TSJCyL recogido por Europa Press, que el divorcio se inició en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido.
Se adoptaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio.
La sentencia de divorcio de febrero 2019, al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre, otorgó la guarda y custodia de la hija de ambos a la mujer. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020.
Posteriormente, el hombre presentó una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia. El Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, confirmada después también por la Audiencia Provincial.
Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón.
El Juzgado dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. En dicha resolución, se le indicó que tenía que volver para pedir autorización judicial e instar la modificación de medidas correspondientes.
Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales previas en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación de régimen de visitas. Tras esta demanda, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho).
El Juzgado dictó entonces, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre fue condenado a nueves meses de cárcel por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020.
Dicha condena fue confirmada por la Audiencia Provincial en noviembre de 2020 y pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido.
Recientemente, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al hombre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar.
El Juzgado ha ido tramitando y resolviendo en todo momento sin demora los procedimientos penales y civiles conforme las partes personadas.
Fuente: https://diariodecastillayleon.elmundo.e ... 58333.html
Eugenio García recibió el 27 de octubre la custodia de la pequeña al entender que su arraigo estaba en Segovia
Un juez descartó que Eugenio García, el padre de la pequeña Olivia, la menor presuntamente asesinada por su madre, Noemí Martínez Largo, este domingo, fuera un maltratador habitual aunque sí que le condenó por un episodio violento que tuvo contra su mujer en julio de 2018, cuando ya ambos habían iniciado el proceso de divorcio. El Juzgado de lo Penal número 1 de Segovia condenó al progenitor por un delito de malos tratos con lesiones en el ámbito de la violencia de género a la pena mínima, nueve meses de prisión. Si bien, se le absolvió de los delitos de violencia habitual, del delito de lesiones psíquicas y de un delito leve de injurias. La sentencia recoge además varias declaraciones de testigos que afirman que el trato del padre hacia su hija era bueno. Además, el juzgado, según informó esta tarde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, entregó la guarda y custodia al padre (la anterior sentencia fue ratificada por la Audiencia Provincial) al entender que todo el arraigo de la pequeña estaba en Segovia, y no en Gijón, a donde la trajo su madre en varias ocasiones. En una, incluso sin el permiso del juez.
En cuanto a la cronología de los procedimientos civil y penal entre la pareja, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, aclara, a través de un comunicado del TSJCyL recogido por Europa Press, que el de divorcio se inició en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido. Se adoptaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio.
La sentencia de divorcio de febrero 2019, al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre, otorgó la guarda y custodia de la hija de ambos a la mujer. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020. Posteriormente, el hombre presentó una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia. El Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, confirmada después también por la Audiencia Provincial.
Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón. El Juzgado dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. En dicha resolución, se le indicó que tenía que volver para pedir autorización judicial e instar la modificación de medidas correspondientes.
Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales previas en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación de régimen de visitas. Tras esta demanda, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho).
Autorización para trasladarse a Gijón
El Juzgado dictó entonces, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre fue condenado a nueve meses de cárcel por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020. Dicha condena fue confirmada por la Audiencia Provincial en noviembre de 2020 y pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido.
Recientemente, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al hombre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar. El Juzgado "ha ido tramitando y resolviendo en todo momento sin demora" los procedimientos penales y civiles conforme las partes personadas.
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Re: Noticias de Gijón
Hilo que explica esa culpabilidad
Resumen, solo se le condena porque ella dijo que las lesiones en el brazo se las había hecho el marido. El marido argumenta que miente como ha hecho en varias acusaciones que se pudieron probar, pero el juez no lo admite en este caso. Pero ayer tienes un copy and paste en todos los periódicos una noticia de Europa Press donde se afirma con rotundidad que es un maltratador sin rascar un poco más, no sea que se nos vengan abajo muchas de estas sentencias del #YoTeCreo
Solo la nueva España ha tenido algo de decencia, explicando las otras absoluciones donde sí que se pudo probar que la filicida mentía
Acusación de malos tratos
Noemí Martínez Largo acusó a Eugenio García de ejercer contra ella violencia sistemática y de "maltratar con saña" a la niña. El juez lo descartó. Consideró que no se podía acreditar que el padre fuera un maltratador habitual argumentando que el testimonio de Noemí Martínez tenía "fisuras y contradicciones". Declaró en la vista oral de este proceso la que fue la primera mujer de Eugenio García. Dijo que nunca tuvo ningún incidente con ella y que de su separación "no sacó ninguna ventaja económica". El juez consideró incongruente plantear que García pegara a Olivia. Se basó en el testimonio de una empleada de la guardería de la cría que afirmó que era habitual que fuera a recogerla y que la niña "era sumamente cariñosa con él" y que "profesaba una sincera alegría cada vez que le veía".
Eugenio García fue también absuelto de las injurias y las lesiones psíquicas de las que fue acusado. En cuanto a lo primero, no quedó acreditado lo que pudo decir el día de la agresión. Y en cuanto a lo segundo, se creyó en su inocencia en base a la declaración de la asistenta doméstica, que indicó que era ella la que tenía más carácter y que nunca vio ningún incidente violento, solamente discusiones. También testificó una vecina de la pareja, que aseveró que, pese a vivir pared con pared, no oyó grandes conflictos ni discusiones". Eugenio García fue únicamente condenado a nueve meses de cárcel, la pena mínima, por la agresión. Esta tuvo lugar delante de la niña. Las dos partes recurrieron sin éxito a la Audiencia Provincial de Segovia. La sentencia del 26 de noviembre recoge la madre de la niña denunció las agresiones a instancia de su médico, al que acudió a por medicación para el dolor de cabeza.
https://www.lne.es/gijon/2022/11/04/jue ... 12788.html
Resumen, solo se le condena porque ella dijo que las lesiones en el brazo se las había hecho el marido. El marido argumenta que miente como ha hecho en varias acusaciones que se pudieron probar, pero el juez no lo admite en este caso. Pero ayer tienes un copy and paste en todos los periódicos una noticia de Europa Press donde se afirma con rotundidad que es un maltratador sin rascar un poco más, no sea que se nos vengan abajo muchas de estas sentencias del #YoTeCreo
Solo la nueva España ha tenido algo de decencia, explicando las otras absoluciones donde sí que se pudo probar que la filicida mentía
Acusación de malos tratos
Noemí Martínez Largo acusó a Eugenio García de ejercer contra ella violencia sistemática y de "maltratar con saña" a la niña. El juez lo descartó. Consideró que no se podía acreditar que el padre fuera un maltratador habitual argumentando que el testimonio de Noemí Martínez tenía "fisuras y contradicciones". Declaró en la vista oral de este proceso la que fue la primera mujer de Eugenio García. Dijo que nunca tuvo ningún incidente con ella y que de su separación "no sacó ninguna ventaja económica". El juez consideró incongruente plantear que García pegara a Olivia. Se basó en el testimonio de una empleada de la guardería de la cría que afirmó que era habitual que fuera a recogerla y que la niña "era sumamente cariñosa con él" y que "profesaba una sincera alegría cada vez que le veía".
Eugenio García fue también absuelto de las injurias y las lesiones psíquicas de las que fue acusado. En cuanto a lo primero, no quedó acreditado lo que pudo decir el día de la agresión. Y en cuanto a lo segundo, se creyó en su inocencia en base a la declaración de la asistenta doméstica, que indicó que era ella la que tenía más carácter y que nunca vio ningún incidente violento, solamente discusiones. También testificó una vecina de la pareja, que aseveró que, pese a vivir pared con pared, no oyó grandes conflictos ni discusiones". Eugenio García fue únicamente condenado a nueve meses de cárcel, la pena mínima, por la agresión. Esta tuvo lugar delante de la niña. Las dos partes recurrieron sin éxito a la Audiencia Provincial de Segovia. La sentencia del 26 de noviembre recoge la madre de la niña denunció las agresiones a instancia de su médico, al que acudió a por medicación para el dolor de cabeza.
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Re: Noticias de Gijón
Ya esta Lonely Wolf tocando los cojones .
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Re: Noticias de Gijón
La cria estaria viva y de la carcel se sale , miralo asi ….Subco Marcos escribió: ↑04 Nov 2022, 09:15Profesor Albajara escribió: ↑02 Nov 2022, 23:36Vaya temple el padre haberse comido estos 5 años sin meterle dos martillazos en la cabeza a semejante hija de la gran puta . Tiene toda mi admiración .
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Re: Noticias de Gijón
….y la hija de puta ya estaría en su sitio , no veo mas que ventajas .